En esta newsletter aportamos un poco de información a un tema que está legislado pero que pocos llegan a conseguir.
Este ha sido el motivo que nuestra firma se ha puesto en contacto con una empresa que se dedica prácticamente en exclusividad a tramitar estas deducciones, desde su reconocimiento hasta su financiación.
No obstante nos ha parecido elemental exponer a nuestros clientes y amigos los conceptos genéricos de la INVESTIGACIÓN SU DESARROLLO Y SU IMPLATACIÓN para que si se ven interesados en el tema puedan conectar a través nuestro con esta empresa especializada en estas deducciones.
A efectos de la deducción, se considera que:
La normativa del IS establece de forma expresa determinadas actividades que se consideran investigación y desarrollo:
Por el contrario, no se consideran I+D aquellas actividades habituales o rutinarias que están relacionadas con el software.
En definitiva, se requiere que el objeto de esta actividad sea el de resolver de forma sistemática una incertidumbre científica y/o técnica en el campo de la informática.
Deducciones I+D+I
Descripción:
La deducción por I+D+i es un incentivo fiscal al cual tienen derecho las empresas por realizar actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i).
Se declara en el Impuesto sobre Sociedades y puede disfrutarse durante 15 años, pudiendo en cada ejercicio reducir hasta un 50% de la cuota impositiva. Las deducciones por I+D, oscilan entre el 25% y 42% del gasto de cada anualidad, con deducciones adicionales de un 17% para investigadores dedicados al 100% a actividades de I+D. La deducción por innovación tecnológica es de un 8%. Estos porcentajes corresponden al Régimen General.
Los gastos han de estar agrupados por proyecto y es posible deducir partidas de personal, materiales, subcontrataciones de servicios, amortización de activos y otros gastos como viajes y adquisición de licencias.
Existe un mecanismo voluntario y vinculante para la Administración Tributaria, que tras certificar los proyectos con una entidad acreditada por ENAC, permite obtener el informe Motivado emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
GAC España colabora en las fases de identificación, cuantificación, cálculo y justificación de la deducción fiscal, así como en la tramitación de los documentos necesarios para la obtención de la certificación e Informe Motivado, con garantía jurídica y económica durante todo el proceso..
Beneficios:
Las ventajas de la declaración de las Deducciones Fiscales para la organización son, entre otras, las siguientes:
En el caso de optar por la vía del Informe Motivado, además:

