MODIFICACIONES CENSALES MUY IMPORTANTES
Durante el mes de diciembre puede darse de alta o de baja de varios regímenes de tributación especiales, por si le interesa que le sean o no de aplicación en el año 2010. Vea algunos casos:
- Régimen de prorrata especial en el IVA: alta o baja
- Régimen especial del grupo de entidades en el IVA: tributar conjuntamente en el IVA, o renunciar a ello.
- Régimen de estimación directa simplificada en el IRPF: Solo para empresarios personas físicas.
- Régimen simplificado del IVA y régimen de estimación objetiva en el IRPF: Los conocidos como módulos para las declaraciones de iva y beneficio empresarial, pero que solo afecta, como en el caso anterior, a las actividades censadas y desarrolladas por personas físicas.