Si su empresa cerró su ejercicio social el pasado 31 de diciembre y facturó menos de 6.010.121,04 euros en 2009, durante este mes de febrero puede cambiar la modalidad de cálculo de sus pagos fraccionados para 2010. Para ello deberá presentar una declaración censal (modelo 036).
Existen dos modalidades de cálculo de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.
EN BASE A RESULTADOS DEL EJERCICIO ANTERIOR PRESENTADO:
En cada pago fraccionado abonará un 18% de la cuota a ingresar de la declaración del Impuesto sobre Sociedades del último ejercicio cuyo plazo de presentación haya finalizado (casilla 599).
EN BASE AL RESULTADO CONTABLE REAL DEL PROPIO EJERCICIO 2010:
Pagará un 21% sobre la base imponible acumulada de los tres, nueve u once primeros meses del año. Del resultado obtenido deberá deducir las retenciones y los otros pagos fraccionados satisfechos durante el ejercicio. El tipo de gravamen será de un 17% por los primeros 120.202,41 euros si su empresa es de reducida dimensión.

