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Deducibilidad fiscal de las retribuciones satisfechas a los Administradores
Los requisitos exigidos para la deducibilidad fiscal de las retribuciones de los administradores de las sociedades, cuestión que en el pasado había sido polémica, pero que desde hace bastantes años venía siendo pacífica sin que la Inspección de Hacienda pusiera reparos. No obstante, las alarmas se dispararon al conocerse que el Tribunal Supremo en dos recientes sentencias volvía a desempolvar los viejos problemas que se habían suscitado respecto a la deducibilidad de las retribuciones de administradores. Por fortuna, la Dirección General de Tributos en un reciente informe ha entendido que la doctrina contenida en las referidas Sentencias se refiere a la antigua Ley del Impuesto de Sociedades (Ley 61/1978), derogada desde 1996. En el mismo sentido se ha pronunciado el TEAC en reciente Resolución de 18/125/2008. |
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