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NEWSLETTER FEBRERO 2010

LA CRISIS Y LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES

Las empresas que al finalizar el ejercicio contable del 2009, su cifra de volumen de operaciones es menor a 6.010.121,04 euros (este concepto en caso de duda es mejor plantear consulta, por ejemplo en caso de grupos o ingresos atípicos, etc.), pueden optar por ingresar sus PAGOS FRACCIONADOS DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES, en función del resultado contable del propio año 2010, o bien en base a una cuota fija que viene fijada por los resultados de ejercicios anteriores.

Dado que el año 2010, en general, se presenta a la baja, las empresas que puedan optar les puede resultar muy interesante realizar sus pagos en función del resultado real para no anticipar ingresos y además no SOLICITAR EN JULIO DEL AÑO QUE VIENE DEVOLUCIONES EXCESIVAS QUE SIEMPRE PUEDEN REPRESENTAR UNA POSIBLE Y MOLESTA COMPROBACIÓN.

Pueden ejercitar este derecho, repetimos únicamente los que durante el 2009 han tenido una CIFRA DE VOLUMEN DE NEGOCIOS interior a 6.010.121,04 euros, ya que las sociedades que la superan están obligadas a ingresar en función del resultado contable real del propio ejercicio.

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