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Informes auditoría en sector de la cinematografía
La actual normativa en materia de subvenciones concedidas por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales establece la obligatoriedad de realizar una auditoria de costes según lo establecido a continuación:
- RESOLUCIÓN de 5 de abril de 1999, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se dictan normas sobre los procedimientos para la realización del informe especial de auditoría, de revisión y verificación del estado de costes de películas, a efectos de lo dispuesto en el Real Decreto 1039/1997, de 27 de junio.
- El Real Decreto 1039/1997, de 27 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 14 de agosto), por el que se refunde y amortiza la normativa de pro 15662 Miércoles 28 abril 1999 BOE núm. 101 moción y estímulos a la cinematografía establece como una de las obligaciones que genera la percepción de ayudas a la producción, la acreditación del coste de las películas, mediante la aportación de los datos o documentos justificativos. La Orden de 4 de mayo de 1998, que desarrolla aquél, establece que dicho coste podrá acreditarse mediante un informe especial de auditoría, de revisión y verificación, realizado por auditores inscritos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, efectuado conforme a las normas de procedimiento publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» por resolución del Director general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Por Resolución de 4 de agosto de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 25 de octubre) se establecieron dichas normas, que al día de hoy procede actualizar a fin de incorporar a las mismas diversas aclaraciones que faciliten la elaboración del citado informe.
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