Tal y como es sabido, el ERE es un proceso que solicita una empresa a la Autoridad Laboral para suspender o extinguir definitivamente las relaciones laborales con sus trabajadores.
Este tipo de procesos lo pueden solicitarlo tanto las empresas como los trabajadores, en aquellos supuestos en los que se entienda que, de no hacerlo, se produciría un perjuicio mayor.
Este proceso puede solicitarse por determinados supuestos, si bien solo se requiere informe de auditoria en el caso de que se trate de un despido colectivo o suspensión de la relación laboral por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción.
1. Si el ERE es por causas económicas se requiere un informe de auditoría de CC.AA. completas de los 3 últimos años (sea o no auditada la empresa).
2. Si el ERE es por una causa técnica no exige informe de auditoría como tal, pero puede utilizarse como informe técnico justificativo de la causa de producción (aunque en ese caso valdría un certificado de procedimientos acordados). Eso es a criterio de la empresa que presente el ERE si bien no hay obligación formal.
El ERE debe acompañarse de una memoria de las causas que lo justifican, documentación económica de la empresa y, en compañías de 50 o más trabajadores, un plan de viabilidad .
Si está planteándose aplicar un ERE en su empresa o usted como abogado lleva un procedimiento de este tipo y requiere un informe de auditoria, póngase en contacto con nosotros y solicite un presupuesto en clientes@aobauditoresonline.com


